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Generación Distribuida

Energía Fotovoltaica y la Ley Nacional 27.424



En diciembre de 2017 se sancionó la Ley Nacional 27.424, conocida como Ley de Generación Distribuida, aunque su reglamentación legal y técnica final estuvo disponible recién a mediados de 2019.

Para entender de qué se trata, primero debemos entender qué significa la generación distribuida, y en este caso específico, de energía eléctrica. La energía que habitualmente utilizamos ya sea en nuestros hogares, industria o comercio, proviene de grandes centrales generadoras. La misma se transmite a través de un importante sistema interconectado hasta los principales centros de consumo de nuestro país y allí, las empresas de distribución la llevan hasta cada punto de utilización. Esto significa que hoy podemos estar cargando nuestro celular con energía proveniente de una central hidráulica en el sur del país, una térmica en Bahía Blanca, una nuclear como Atucha o una gran planta fotovoltaica en Jujuy.

La llamada generación distribuida, por el contrario, es la generación de energía en el punto de consumo y en este caso la ley habilita que la misma sea obtenida a través de fuentes renovables. En realidad, desde el punto de vista técnico esto podía realizarse, pero sin tener interacción con el sistema eléctrico de las empresas distribuidoras. La novedad principal es que, a partir de la sanción de esta ley, podemos conectar nuestro sistema con la red y en caso de generar una cantidad de energía que no utilizamos, podemos entregarla al sistema para que la utilice otro usuario y recibir una compensación por la misma.

La legislación del mercado eléctrico está cubierta por una ley que le da el marco a nivel nacional y dentro de ésta, cada provincia tiene un régimen propio. De la misma forma esta ley de GD plantea una serie de incentivos genéricos que aplican a nivel nacional y luego cada provincia puede o no adherir a la misma aprovechando esos beneficios, o no hacerlo y promover un régimen propio, sin recibir esos incentivos.

El esquema que propone esta ley apunta principalmente a promover el autoconsumo, esto significa tratar de aprovechar al máximo la energía generada por nuestro sistema y recibiendo una compensación económica menor por la energía inyectada al sistema.

Para que esto sea posible, una vez instalado nuestro sistema de generación propio debemos realizar una gestión para que el medidor de energía eléctrica sea reemplazado por otro especial denominado medidor bidireccional que mide el neto de energía (consumida – generada).

Si bien existen diversos sistemas posibles, el más común y aprovechable en ciudades es el fotovoltaico, por lo cual se prevé un importante crecimiento de este tipo de sistemas en los próximos años.

Si querés mayor información sobre aplicaciones, utilización y aprovechamiento de la energía solar junto a la implementación de soluciones dentro del marco de esta ley, no dejes de contactarnos y te podremos asesorar.


paneles sobre techo y equipos solares

Paneles fotovoltaicos sobre el techo de una casa



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